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Hipoteca

La hipoteca es un derecho real de garantía que sólo puede recaer sobre bienes inmuebles o derechos reales enajenables y que se impone como medida para asegurar una obligación. De esta forma, en caso de incumplimiento , el acreedor hipotecario se encuentra legitimado para proceder a la satisfacción forzosa de su derecho de crédito, a través de los procedimientos legales establecidos para el ejercicio de la acción hipotecaria, realizando el valor de los bienes hipotecados, enajenándolos y percibiendo el producto de la venta, independientemente de quién sea en el momento de la ejecución el poseedor o propietario de los mismos.

La hipoteca no requiere el desplazamiento de la cosa hipotecada, quedando ésta en poder del deudor hipotecario. Además tiene carácter accesorio a la misma, corriendo la misma suerte de la obligación principal, lo que implica que la extinción de la obligación supone la de la hipoteca. Uno de los requisitos constitutivos de la hipoteca para su plena validez y eficacia es la necesidad que consta en escritura pública y su inscripción en el Registro de la Propiedad , así como en los demás registros oficiales o administrativos cuando sea necesario. La hipoteca garantiza tanto el importe nominal del principal como los intereses y rentas que se hubieren devengado desde su constitución, siempre y cuando no se hubiere pactado lo contrario. Así pues, cuando en la escritura se hubiera hecho constar el importe de los intereses que genera la obligación, éstos quedan igualmente amparados con la garantía hipotecaria.